Tabla maestra de plazos
Estos son los plazos que con más frecuencia se pierden. Salvo indicación en contrario, se cuentan desde el hecho que se indica.
| Actuación | Plazo | Quién |
|---|---|---|
| Demandar por despido injustificado, indebido o improcedente | 60 días hábiles desde la separación. Se suspende con el reclamo administrativo ante la Inspección del Trabajo, pero nunca puede exceder de 90 días hábiles | Trabajador |
| Reclamar la reincorporación por despido con fuero | 60 días hábiles desde el despido | Trabajador |
| Denuncia de tutela de derechos fundamentales | 60 días hábiles desde la vulneración o desde el despido | Trabajador |
| Enviar carta de despido al trabajador y copia a la Inspección | 3 días hábiles desde la separación (6 días hábiles en caso fortuito o fuerza mayor); 30 días de anticipación en la causal del art. 161 | Empleador |
| Poner el finiquito a disposición del trabajador | 10 días hábiles desde la separación | Empleador |
| Comunicar el despido indirecto (autodespido) | Carta al empleador y copia a la Inspección dentro de 3 días hábiles | Trabajador |
| Demandar tras el autodespido | 60 días hábiles desde la terminación | Trabajador |
| Escriturar el contrato de trabajo | 15 días desde la incorporación; 5 días en contratos por obra o faena o de duración menor a 30 días | Empleador |
| Registrar el pacto de trabajo a distancia o teletrabajo en la DT | 15 días desde el acuerdo | Empleador |
| Presentar la licencia médica al empleador | 2 días hábiles contados desde el día hábil siguiente al de inicio del reposo (3 días hábiles en el sector público) | Trabajador |
| Tramitar la licencia ante COMPIN o | 3 días hábiles desde su recepción | Empleador |
| Isapre | ||
| Presentar la DIAT por accidente del trabajo | 24 horas desde conocido el accidente | Empleador |
| Ley Karin: informar a la DT el inicio de la investigación | 3 días hábiles desde la denuncia | Empleador |
| Ley Karin: cerrar la investigación | 30 días hábiles | Empleador o DT |
| Ley Karin: remitir el informe a la DT | 2 días hábiles desde el cierre | Empleador |
| Ley Karin: aplicar medidas o sanciones | 15 días desde la notificación del pronunciamiento de la DT | Empleador |
| Contestar la demanda laboral | Hasta el quinto día hábil anterior a la audiencia preparatoria | Demandado |
| Cobro de cotizaciones previsionales adeudadas | Prescripción de 5 años | Trabajador / entidades previsionales |
| Acciones sobre derechos laborales durante la relación vigente | 2 años desde que se hicieron exigibles | Trabajador |
| Acciones derivadas del término del contrato | 6 meses desde la terminación | Trabajador |
Panel de cifras vigentes
Todas las cifras de esta guía están referidas a la normativa vigente al 8 de septiembre de 2026. Los valores en UF y UTM cambian mensualmente: verifique el valor del día antes de usarlos en un cálculo.
| Concepto | Valor vigente | Fuente / vigencia |
|---|---|---|
| Ingreso mínimo mensual (18 a 65 años) | $553.553 | Ley N° 21.830 (D.O. 22.06.2026), rige desde el 1.05.2026 |
| Ingreso mínimo (menores de 18 y mayores de 65) | $412.938 | Ley N° 21.830 |
| Ingreso mínimo para fines no remuneracionales | $356.815 | Ley N° 21.830 |
| Jornada ordinaria máxima semanal | 42 horas | Ley N° 21.561; rige desde el 26.04.2026. Baja a 40 horas el 26.04.2028 |
| Tope imponible AFP, salud y Ley 16.744 | 90,0 UF | Superintendencia de Pensiones; rige desde las remuneraciones de febrero de 2026 |
| Tope imponible seguro de cesantía | 135,2 UF | Superintendencia de Pensiones, 2026 |
| Tope base de cálculo de indemnizaciones | 90 UF | Art. 172 inciso final del Código del Trabajo |
| Tope indemnización por años de servicio | 330 días (11 años) | Art. 163 del Código del Trabajo |
| UTM septiembre 2026 | $71.721 | SII, Circular N° 32 de 10.08.2026 |
| UF referencial (08.09.2026) | $40.884 | Banco Central de Chile |
| Tramo exento impuesto único (sept. | Hasta $968.233,50 mensuales | SII, tabla mensual vigente |
| 2026) Advertencia sobre cifras copiadas de i La mayoría de las guías laborales que la jornada de 45 horas y un tope impon número en una carta de despido, un fin la Superintendencia de Pensiones. | nternet circulan en línea siguen citando el s ible de 81,6 UF. Todas esas cifras es iquito o una demanda, contrástelo con | ueldo mínimo de $337.000 o $510.636, tán derogadas. Antes de usar un la Dirección del Trabajo, el SII o |
Fundamentos normativos y fuentes
- Código del Trabajo — texto vigente (BCN/LeyChile)
- Ley 16.744, accidentes del trabajo y enfermedades profesionales (BCN/LeyChile)
- Dirección del Trabajo — normativa, dictámenes y consultas (dt.gob.cl)
Consulta con un abogado
Cuéntenos brevemente qué ocurrió. Un abogado del estudio revisará por dónde comenzar.
Consultar mi caso
Revisión jurídica
Revisado por: Sebastián Bustos F., abogado de Bustos & Catalán.
Última revisión jurídica: 31 de agosto de 2026. Normativa verificada: 14 de septiembre de 2026 (Código del Trabajo; Ley 16.744).
Información normativa contrastada con legislación chilena disponible en BCN/LeyChile y fuentes oficiales pertinentes. El contenido es informativo y no sustituye el análisis de un caso particular.