Las lesiones gravísimas dejan a la víctima demente, inútil para el trabajo o notablemente deforme; las graves producen enfermedad o incapacidad por más de 30 días; las menos graves son las restantes, y las leves son falta.
Lesiones: qué es, qué se prueba y qué pena tiene
Qué es, en simple
Herir, golpear o maltratar de obra a otra persona. La clasificación depende exclusivamente del resultado producido, y de esa clasificación dependen la pena y hasta el procedimiento aplicable.
Qué debe probar la fiscalía
- La conducta de herir, golpear o maltratar.
- El resultado lesivo y, sobre todo, los días de enfermedad o incapacidad para el trabajo que produjo.
- La relación entre la conducta y el resultado.
Pena que asigna la ley
- Lesiones graves gravísimas —quedar demente, inútil para el trabajo, impotente, impedido de un miembro importante o notablemente deforme—: presidio mayor en su grado mínimo.
- Lesiones simplemente graves —enfermedad o incapacidad para el trabajo por más de treinta días—: presidio menor en su grado medio.
- Lesiones menos graves —las no comprendidas en las anteriores—: relegación o presidio menores en sus grados mínimos, o multa de 11 a 20 UTM.
- Lesiones leves: son falta, y son las que en concepto del tribunal no quedan comprendidas entre las menos graves, atendidas la calidad de las personas y las circunstancias del hecho.
Qué suele decidir el caso
- El número de días de incapacidad. Es el dato que decide la calificación y se acredita con informe médico, que admite contrainforme.
- Una limitación relevante: el tribunal nunca puede calificar como leves las lesiones cometidas contra las personas protegidas por la Ley de Violencia Intrafamiliar, ni contra niños, niñas y adolescentes, adultos mayores o personas en situación de discapacidad en los términos del artículo 403 bis.
- Si el hecho fue doloso o culposo: el cuasidelito de lesiones tiene penas sustancialmente menores.
Dudas frecuentes
¿Una lesión en contexto de VIF puede ser leve?
No. El tribunal nunca puede calificar como leves las lesiones contra personas protegidas por la Ley de Violencia Intrafamiliar (CP art. 494 N° 5).
¿Qué pasa si no hubo intención?
El cuasidelito de lesiones tiene penas sustancialmente menores.
¿Qué debe hacer la víctima?
Constatar lesiones el mismo día y guardar toda la documentación médica posterior, incluidas licencias.
¿Le imputan este delito o fue víctima de él?
En cada delito, detalles de hecho como el valor, el medio empleado, el lugar o la finalidad cambian la figura y la pena. Identificarlos y acreditarlos desde el primer día, sea para la defensa o para la víctima, es un trabajo que requiere dedicación exclusiva a su caso.
- Si le imputan este delito o recibió una citación.
- Si fue víctima y quiere querellarse o recuperar lo perdido.
- Antes de declarar, firmar o aceptar cualquier salida.
Fundamentos normativos y fuentes
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